LA PROCURADURÍA NO PUDO DEMOSTRAR QUE HAY "PELIGRO DE FUGA"

Ramón Cruz Benzán
Santo Domingo.- El juez de la Suprema Corte de Justicia, Alejandro Moscoso Segarra, actuando en funciones de magistrado de instrucción especial, rechazó ayer imponer prisión preventiva en contra del senador Amable Aristy Castro, como pidiera la Procuraduría General de la República  para investigarlo por presunto acto de corrupción durante su desempeño como secretario general de la Liga Municipal Dominicana (LMD).
El magistrado tomó la decisión, tras acoger una solicitud presentada por la defensa del senador, doctores Julio Cury, Ramón Pina Acevedo, Marino Feliz Ramón Núñez y Francisco Fernández Almonte, quienes pidieron rechazar la solicitud de prisión preventiva, porque en el caso de Aristy Castro, resulta notorio su arraigo y que no que representa peligro de fuga.

En la audiencia, la subdirectora de la Dirección de Persecución de la Corrupción (DPCA), Laura Guerrero, había pedido al tribunal imponer medida de coerción en contra de Aristy Castro, consistente en prisión preventiva, por entender que el mismo representa peligro de fuga.
El juez para rechazar la solicitud, alegó que Aristy Castro, cuenta con arraigo suficiente, en razón de que tiene domicilio fijo y ocupa una función pública que revela niveles de permanencia en el país, así como su actitud y comportamiento ponen de manifestó la intención de comparecer a los actos que fuesen necesario.
Moscoso Segarra estimó insuficientes los presupuestos presentados por el ministerio público, para imponer prisión preventiva al legislador o alguna otra medida de coerción. Argumentó que el alegato de la Procuraduría, de que el senador podría entorpecer la investigación sino se le imponía la prisión preventiva, atenta contra el principio de legalidad y no puede ser tomado en cuenta para establecer peligro de fuga, toda vez que tal elemento no constituye un presupuesto legal para imponer una medida coercitiva.
A la salida del tribunal, Aristy Castro dijo que confía en la justicia dominicana y en su provincia La Altagracia, donde le han brindado mucho respeto. Sostuvo que respeta la decisión del tribunal con mucha humildad y “si Dios está conmigo, quien contra mí”.
Dijo que acudió a la vista de solicitud de medida de coerción presentado en su contra porque es un hombre de ideas claras y respetuoso de las leyes y la Constitución de la República. El senador expresó que se ha empeñado en ofrecer lo mejor de él en aras del bienestar colectivo y mejorar el nivel de vida de sectores deprimidos, lo que ha sido su carrera política una preocupación permanente.
El consejo de defensa alegó en el tribunal que el caso fue archivado por el director de la DPCA, Hotoniel Bonilla García, quien no compareció a la vista de la medida de coerción, por lo que el legislador no es un imputado, hasta tanto se decida sobre la objeción al auto del Procurador quien decidió reactivar la investigación del caso. 
JUEZ DE LA SUPREMA MOSCOSO SEGARRA 
El juez Moscoso Segarra argumentó en su sentencia que el Ministerio Público se apoya en una circunstancia no prevista en la normativa procesal penal, como lo es el “entorpecimiento de las investigaciones”, lo que entiende atenta contra el principio de la legalidad y no puede ser tomado en cuenta para establecer el peligro de fuga. Aristy Castro, en su condición de senador, es uno de los funcionarios que gozan el privilegio de jurisdicción, siendo competencia de la SCJ, en aplicación del inciso 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, su conocimiento.

La sentencia del juez Moscoso indica que el Ministerio Público no pudo establecer contundentemente la existencia de peligro de fuga del legislador.